En el marco de la Cumbre celebrada en New Delhi y difundida oficialmente por el Ministry of External Affairs of India (Gobierno de India), se adoptó recientementela AI Impact Summit Declaration (New Delhi, febrero 2026), .La Declaración constituye un instrumento de soft law internacional, de naturaleza no vinculante, pero con clara vocación de incidencia normativa. No crea obligaciones jurídicas directas; sin embargo, configura un marco político-programático que puede orientar reformas regulatorias, estándares técnicos y políticas públicas en materia de inteligencia artificial.
Desde la teoría de las fuentes, se inscribe en la categoría de declaraciones multilaterales de principios, similares a otros documentos que, aun sin coercibilidad formal, cumplen funciones relevantes:
fijación de estándares de conducta esperada,
armonización discursiva entre Estados con modelos regulatorios disímiles,
generación de expectativas legítimas en foros multilaterales,
antesala de futuros instrumentos vinculantes o acuerdos sectoriales.
En términos de gobernanza digital, refuerza la tendencia hacia una regulación cooperativa y multinivel, frente a la fragmentación normativa existente (UE, EE.UU., Asia-Pacífico, América Latina).
El texto articula la cooperación internacional en torno a varios pilares estratégicos:
👉Difusión democrática de la IA (reducción de brechas tecnológicas).
👉IA segura y confiable (seguridad, transparencia y robustez).
👉Desarrollo de capacidades locales (infraestructura, capital humano).
Se advierte un enfoque que intenta equilibrar la promoción de la innovación, el respeto por derechos fundamentales, la soberanía regulatoria estatal y la cooperación internacional.
Aunque no vinculante, la Declaración puede operar como:
🏛 parámetro interpretativo en futuras regulaciones nacionales;
📘 referencia en debates legislativos sobre responsabilidad algorítmica;
🌐 punto de convergencia entre modelos regulatorios divergentes;
📊 base para estándares técnicos compartidos (interoperabilidad, seguridad, confianza).
En términos estratégicos, desplaza el debate desde una lógica exclusivamente “riesgo–control” hacia una narrativa de impacto social, equidad y acceso global.
El desafío será traducir los principios en mecanismos concretos de implementación. La experiencia comparada demuestra que la eficacia del soft law depende de:
institucionalización,
métricas de cumplimiento,
incentivos económicos,
articulación con marcos regulatorios duros (hard law).
Sin esos elementos, el riesgo es que la Declaración quede en el plano declarativo.
Conclusión
La Declaración de Nueva Delhi consolida un consenso político amplio sobre la necesidad de una gobernanza global de la IA centrada en confianza, inclusión y cooperación internacional.
Su valor no reside en la coercibilidad, sino en su capacidad de influir en la arquitectura normativa futura de la inteligencia artificial.




