sábado, 10 de octubre de 2026

DERECHO PROCESAL ELECTRÓNICO EN ENTRE RIOS, UNA OBRA NACIDA DE LA PRÁCTICA Y LA INVESTIGACIÓN


La transformación digital de la justicia entrerriana ha modificado profundamente las condiciones en que se desarrolla la actividad procesal. Lo que comenzó con la incorporación progresiva de herramientas tecnológicas dio lugar a un sistema que exige nuevas respuestas jurídicas y una revisión de las prácticas profesionales tradicionales.

En ese contexto se inscribe mi nuevo libro, Derecho Procesal Electrónico en Entre Ríos. Guía teórico práctica, publicado por Abogar Editorial. Un recorrido de investigación y experiencia

Esta publicación no constituye el inicio de una línea de trabajo, sino la sistematización de un recorrido desarrollado durante años.

En 2019 dirigí un libro dedicado específicamente a las notificaciones electrónicas. Posteriormente, continué profundizando el estudio de distintos aspectos del proceso judicial electrónico mediante artículos en revistas jurídicas, actividades de formación, conferencias y participación en espacios institucionales vinculados con su implementación en Entre Ríos.

La experiencia permitió advertir que cada innovación tecnológica plantea problemas que exceden su funcionamiento operativo y requieren respuestas desde el derecho procesal.

La obra aborda cuestiones centrales para la litigación electrónica: vinculación al proceso, notificaciones y presentaciones electrónicas, cómputo de plazos, plazo de gracia, firma digital, audiencias y subastas electrónicas.

También examina desarrollos que reflejan una nueva etapa de la transformación judicial, como la interoperabilidad y la automatización de actos procesales.

El propósito no es ofrecer únicamente una descripción normativa o tecnológica, sino combinar el análisis dogmático con herramientas para la práctica profesional.

Detrás de cada operación realizada en un sistema judicial existen actos, cargas, derechos y consecuencias procesales que deben ser comprendidos jurídicamente.

El proceso judicial electrónico no constituye un modelo terminado. Su evolución plantea nuevos interrogantes sobre eficiencia, seguridad jurídica, garantías procesales y responsabilidad.

La incorporación de tecnología puede contribuir a mejorar el servicio de justicia, pero su legitimidad no deriva de la innovación en sí misma, sino de su capacidad para fortalecer el acceso a la jurisdicción y la tutela judicial efectiva.

Esa es la perspectiva que atraviesa esta obra.

Como señalo en su introducción, la digitalización judicial solo es legítima en la medida en que potencia, y no restringe, el acceso a la justicia.

Derecho Procesal Electrónico en Entre Ríos es, en definitiva, el resultado de un largo camino de estudio, experiencia profesional y construcción colectiva, pero también una invitación a reflexionar sobre los desafíos que todavía tenemos por delante.

La obra será presentada próximamente. La fecha y el lugar se comunicarán oportunamente.

 

viernes, 9 de octubre de 2026

UN PROMPT EN LA SENTENCIA


A raíz de un episodio ocurrido en la Corte de Apelaciones de Santiago de Chile nuevamente se puso en discusión los límites del uso de inteligencia artificial generativa en la actividad jurisdiccional.

Según informaciones periodísticas, una resolución judicial incorporó por error instrucciones dirigidas a una herramienta de IA. Entre ellas: “Eres un Juez de la Corte de Apelaciones que debe redactar la parte considerativa de la sentencia”. El tribunal dispuso posteriormente la rectificación del documento y la eliminación del contenido ajeno a la causa. 

Sabido es que el uso de inteligencia artificial no está prohibido y que puede contribuir a mejorar la gestión, sistematizar información y asistir en determinadas tareas de redacción. Sin embargo, existe una diferencia sustancial entre utilizar tecnología como apoyo y delegar en ella la construcción de los fundamentos de una sentencia. En consecuencia, es esencial saber cómo se utilizó la inteligencia artificial, para qué y qué control se llevó a cabo. 

La incorporación accidental de instrucciones a una resolución también pone de manifiesto la necesidad de establecer protocolos institucionales, mecanismos de revisión y pautas de transparencia que permitan preservar la integridad de las actuaciones judiciales.

La inteligencia artificial puede asistir al juez, pero no sustituir su juicio crítico ni su deber de fundamentar. La responsabilidad por la decisión sigue siendo humana, personal e indelegable. La motivación de las resoluciones judiciales constituye una garantía del debido proceso y una condición indispensable para el control de la decisión. Exige una valoración concreta de los hechos, las pruebas y el derecho aplicable, atribuible al órgano jurisdiccional competente.

En consecuencia, el mayor desafío radica en que la intervención humana no se limite a validar, sin suficiente control, una argumentación producida por una máquina.


Fuentes:

https://www.t13.cl/amp/noticia/nacional/eres-juez-corte-apelaciones-revelan-prompt-usado-juez-pidio-ia-redactar-fallo-7-10-2026 

https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/chile/2026/10/07/corte-rectifica-fallo-tras-polemica-por-uso-de-ia-y-elimina-instrucciones-que-quedaron-en-expediente.shtml